La sentencia que desmantela la protección: qué significa para la representación política la erosión de la Ley de Derechos Electorales

Tras la reciente decisión del Tribunal Supremo, comunidades minoritarias afrontan un nuevo escenario donde la dilución del voto puede extenderse desde congresos hasta juntas escolares

El 6 de agosto de 1965, el presidente Lyndon B. Johnson cruzó el Mall y dejó la comodidad de la Oficina Oval para rubricar en el Capitolio una ley que, en aquel momento, cambió el rumbo del poder político en Estados Unidos: la Voting Rights Act (Ley de Derechos Electorales). Desde entonces, la norma fue considerada por muchos juristas y activistas como una de las más influyentes en la protección del sufragio y la representación de las minorías raciales en todo el país. (Ver documento histórico en National Archives).

Una tradición de tutela que se deshace: ¿qué resolvió el Tribunal Supremo?

En una decisión reciente, la Corte Suprema de Estados Unidos dejó sin efecto una aplicación sustantiva de la Sección 2 de esa ley en un caso de redistribución congresional originado en Luisiana. Esencialmente, el tribunal sostuvo que, en el contexto del trazado de distritos, tomar en cuenta la raza para crear distritos que permitieran una representación efectiva podía considerarse inconstitucional si la medida se entendía como un gerrymandering racial. El fallo, redactado por el juez Samuel Alito y respaldado por la mayoría conservadora, cambia el umbral probatorio requerido para demostrar discriminación racial intencional en procesos de votación y redistribución.

La jueza Elena Kagan, en su opinión disidente, advirtió que la nueva exigencia procesal —que obliga a probar la intención discriminatoria con una carga probatoria extraordinariamente alta— equivale a levantar una barrera casi insalvable para quienes desafíen prácticas que, en la práctica, diluyen el voto de las minorías. En sus palabras, el estándar impone “una barrera casi insuperable” para casos de derechos electorales.

Impactos inmediatos y a mediano plazo

Expertos en derechos electorales y líderes comunitarios han coincidido en que la decisión abre una puerta amplia para que gobiernos estatales y distritos locales implementen estrategias de “cracking” y “packing” (fragmentación y concentración de votantes) que disminuyan la posibilidad de que comunidades negras, hispanas u otras minoritarias elijan representantes que reflejen sus intereses.

  • Cracking: dividir concentraciones de votantes de una misma comunidad entre varios distritos para evitar que alcancen mayoría en alguno.
  • Packing: concentrar demasiados votantes de una minoría en un solo distrito para reducir su influencia política en distritos limítrofes.

Los efectos no se limitarán a cámaras de representación federal. Como han subrayado organizaciones de defensa del voto, la facultad de diseñar mapas electorales afecta también a legislaturas estatales, comisiones de condado, juntas escolares y otros órganos locales que deciden políticas cotidianas sobre salud, educación, infraestructura y servicios sociales.

Una historia de decisiones judiciales que fue minando la ley

La caída de las protecciones no ocurrió de la noche a la mañana. Un hito fue la sentencia Shelby County v. Holder (2013), cuando la Corte determinó inconstitucional el mecanismo de “preclearance” —un listado de jurisdicciones que debían obtener aprobación previa del gobierno federal antes de cambiar normas electorales—, al considerar que el criterio histórico usado para conformar esa lista ya no reflejaba las realidades contemporáneas. Esa sentencia permitió que muchos estados reconsideraran y reformularan sus leyes y procedimientos de votación sin supervisión federal previa.

Más recientemente, en 2023 la Corte había sorprendido al mantener la aplicabilidad de la Sección 2 en un caso de Alabama, pero la decisión actual revierte de facto esa tendencia, haciendo más difícil para los demandantes probar que los cambios en los mapas electorales tuvieron un propósito o efecto discriminatorios basados en la raza.

El sustrato histórico es clave: la ley que Johnson firmó en 1965 respondía a décadas de exclusión y violencia —desde leyes Jim Crow hasta intimidación y fraude— que impedían a millones de ciudadanos ejercer su derecho al voto. Los cambios jurisprudenciales de los últimos quince años han ido transformando el alcance práctico de esas protecciones.

Datos y contexto: la Ley en cifras

Algunos indicadores ilustran la magnitud del cambio que la ley posibilitó. Sherrilyn Ifill, ex presidenta del NAACP Legal Defense Fund y profesora de derecho, ha señalado que en 1970 había aproximadamente 1,500 funcionarios electos afroamericanos en todo el país; hoy la cifra supera los 10,000, lo que expertos atribuyen en buena medida a las demandas y remedios derivados de la Voting Rights Act (citado en reportes periodísticos).

Además, desde 1982 la Sección 2 ha sido la base de la mayoría de los litigios sobre representación, conduciendo a la creación de distritos en los que las minorías pudieron elegir candidatos de su preferencia. Quitar o estrechar el alcance de esa herramienta tiene, entonces, efectos medibles sobre la diversidad de cargos ocupados y sobre la voz política de comunidades históricamente subordinadas.

Testimonios y reacciones: voces desde la comunidad

Organizaciones y líderes civiles han reaccionado con alarma. Cliff Albright, cofundador de Black Voters Matter, advirtió que la decisión deja a “comunidades enteras sin representación” y la comparó con un retroceso hacia prácticas de la era Jim Crow (declaración citada en medios).

Desde organizaciones como el Brennan Center for Justice se habla de una “inhumación” paulatina de la ley: el debilitamiento jurídico y la pérdida de herramientas efectivas han dejado al mecanismo sin dientes, según sus analistas.

Por su parte, representantes electos de minorías ven afectados sus propios futuros políticos: en Luisiana, por ejemplo, la decisión coloca al representante Cleo Fields en una situación de riesgo electoral luego de rediseños del mapa estatal.

¿Qué estrategias quedan para defender la representación?

Ante este nuevo escenario, los defensores del voto han hablado de varias rutas de acción:

  1. Litigio alternativo: utilizar otras bases legales y doctrinas constitucionales para impugnar mapas, como argumentos basados en la igualdad de protección o en la intervención por intencionalidad política cuando sea demostrable.
  2. Política legislativa: promover reformas estatales —por ejemplo, comisiones independientes de redistribución— que reduzcan la discrecionalidad partidaria en la confección de distritos.
  3. Movilización cívica: aumentar la inscripción y participación electoral de comunidades minoritarias para contrarrestar tácticas de dilución mediante el poder de las urnas.
  4. Supervisión y documentación: fortalecer el trabajo de observación y de recopilación de pruebas que documenten patrones de conducta discriminatoria, haciendo más viable probar intención o efecto discriminatorio a futuro.

Cada una de estas rutas enfrenta obstáculos: el litigio es costoso y ahora más difícil; las reformas estatales chocan con mayorías políticas que podrían resistirse; y la movilización exige recursos sostenidos y campañas educativas en comunidades a menudo sobrecargadas por problemas económicos y sociales.

Mirada al futuro: ¿retroceso o resiliencia democrática?

La sentencia marca, sin duda, un punto de inflexión que afectará la arquitectura de la representación en Estados Unidos. Pero no determina un resultado inevitable: la historia política muestra que legislaciones y prácticas jurídicas pueden reinventarse a través de coaliciones sociales, cambios electorales y nuevas interpretaciones legales.

Mientras tanto, el debate sobre quién decide cómo se asigna la representación y qué herramientas son legítimas para proteger el voto continúa. Para millones de votantes y para las instituciones que velan por la igualdad, la decisión del Tribunal es un llamado a reimaginar estrategias de protección democrática en un entorno jurídico menos propicio.

En últimas, la cuestión es civilizatoria: en una república que se proclama representativa, la capacidad de elegir a los propios dirigentes y de ser oído en las decisiones colectivas es un requisito básico. Las respuestas que se articulen en los próximos meses —legales, políticas y sociales— definirán si la erosión de protecciones se traduce en pérdida permanente de voz para sectores enteros o si surge un nuevo contrapeso que preserve la pluralidad del sistema.

Este artículo fue redactado con información de Associated Press