Desestimación en el caso contra exdirector médico de N.C. State reabre el debate sobre responsabilidad institucional y plazo de prescripción

La decisión judicial por motivos procesales no cierra la vía de apelación ni las preguntas sobre protección de atletas y procedimientos administrativos en universidades públicas

La reciente desestimación de una demanda presentada por 31 exdeportistas masculinos de la Universidad Estatal de Carolina del Norte (N.C. State) —que acusaban al entonces director de medicina deportiva de abusos sexuales y acoso bajo el disfraz de tratamiento— ha reactivado un debate complejo que mezcla derecho procesal, protección de estudiantes-atletas y la responsabilidad de las instituciones públicas. El fallo del juez de la Corte Superior del Condado de Wake, Bryan Collins, plantea cuestiones sobre los límites temporales para presentar reclamaciones, la vía administrativa adecuada y las dificultades que enfrentan las víctimas al buscar reparación.

Qué decidió el tribunal y por qué importa

El juez Collins ordenó la desestimación de las reclamaciones presentadas contra Robert M. Murphy Jr. y contra varios funcionarios de atletismo de N.C. State por razones procedimentales. Entre los fundamentos clave figuran: 1) la expiración de los plazos de prescripción para reclamaciones que datan de 2013, y 2) la falta de jurisdicción de la corte civil para ciertas reclamaciones que, según el tribunal, debieron presentarse ante la Comisión Industrial de Carolina del Norte (North Carolina Industrial Commission), órgano responsable de controversias laborales y del empleo en instituciones públicas del estado.

La distinción entre vías judiciales y administrativas es crucial. Cuando la demanda alle g a negligencia institucional en el contexto de una universidad pública —un empleador estatal—, los tribunales estatales a veces remiten la reclamación al cauce administrativo que contempla reclamaciones laborales o de responsabilidad del estado. En este caso, el tribunal explicó que las reclamaciones sobre condiciones laborales y supervisión institucional debían seguir ese procedimiento, no la vía civil tradicional.

Prescripción: un obstáculo frecuente para sobrevivientes

El argumento de prescripción invocado por la defensa de Murphy no es inusual en litigios por abusos que ocurrieron hace años. La ley establece plazos dentro de los cuales debe presentarse una demanda —los llamados períodos de prescripción— y cuando esos plazos vencen el tribunal puede rechazar la acción aun cuando los hechos subyacentes, de ser ciertos, describan conductas graves. Collins sostuvo que varias alegaciones remontaban a 2013 y, por tanto, estaban fuera del plazo aplicable.

Este choque entre los plazos legales y la realidad de las víctimas —que a menudo tardan años en denunciar por motivos de vergüenza, miedo o falta de recursos— ha impulsado reformas en muchas jurisdicciones. Por ejemplo, varios estados de Estados Unidos han ampliado los plazos de prescripción para delitos sexuales o han creado excepciones para conductas sistemáticas en instituciones. Sin embargo, esas reformas son heterogéneas y normalmente no son retroactivas, lo que deja sin remedio casos antiguos.

Reacciones de las partes

El abogado de Murphy, Jared Hammett, defendió la desestimación y describió a su cliente como “alguien que dedicó su vida a trabajar con atletas”, calificando el proceso como una posible prisa por juzgar. Hammett añadió que la defensa había logrado “ayudar a otra persona que necesitaba apoyo y encontró en la defensa una forma de protegerse”, en declaraciones públicas que acompañaron a la presentación de la moción de desestimación (según registros judiciales y comunicados de la defensa).

Por su parte, el equipo legal que representó a los demandantes, encabezado por el abogado Kerry Sutton, anunció la intención de apelar. Sutton afirmó que “esta desestimación no tiene nada que ver con el abuso sexual que sufrieron estos 31 exestudiantes-atletas” y que la decisión se basó únicamente en procedimientos legales. Agregó que planean presentar nuevas reclamaciones contra N.C. State en nombre de hombres que recientemente se han manifestado, lo que sugiere que el litigio podría continuar por otras vías (declaraciones públicas del equipo de acusación y presentaciones legales).

La estructura del caso y la protección de la identidad

De los 31 demandantes, 29 permanecen bajo seudónimo como “John Doe” para proteger su anonimato; dos exfutbolistas universitarios fueron identificados públicamente, entre ellos Benjamin Locke, quien presentó la demanda original en agosto de 2022 y ha hablado públicamente sobre su experiencia. El uso de demandantes anónimos en litigios por abuso sexual es habitual para minimizar la exposición pública de las víctimas, aunque en algunos estados y bajo ciertas normas judiciales la identificación puede variar según el interés público y las reglas de procedimiento.

Acusaciones específicas y la respuesta institucional

Las acusaciones contra Murphy incluyen tocamientos inapropiados durante masajes y observaciones intrusivas al recoger muestras de orina para pruebas de drogas. El litigio original, que comenzó con una demanda federal en 2022 por un solo atleta y se extendió a demandas adicionales presentadas en 2023, sugería que las preocupaciones sobre la conducta de Murphy habían llegado a niveles superiores del departamento atlético sin que la universidad tomara medidas suficientes. Nueve demandados figuraban inicialmente de manera individual, incluidos altos funcionarios administrativos con responsabilidad de supervisión.

N.C. State emitió un comunicado afirmando que “no condona la conducta sexual indebida de ninguna clase” y que la salud y seguridad de los estudiantes y atletas son prioritarias para la universidad y sus programas atléticos. La universidad indicó además que está de acuerdo con el análisis del tribunal que apoyó la desestimación de las reclamaciones presentadas en esta acción en particular (comunicado institucional).

La vía administrativa: ¿qué implica llevar la queja a la Comisión Industrial?

Que el tribunal sugiriera la Comisión Industrial como el foro apropiado significa que ciertos reclamos relativos a empleo, negligencia institucional y reclamos laborales podrían seguir procedimientos administrativos y de apelación distintos a los civiles. La Comisión Industrial de Carolina del Norte administra reclamaciones laborales del sector público y puede ofrecer reparación o procedimientos disciplinarios relacionados con la relación empleador-empleado. Esta vía suele tener plazos, reglas y remedios diferentes, y en ocasiones limita ciertos daños que podrían obtenerse en un juicio civil.

Para las víctimas, la elección del foro puede tener consecuencias prácticas: la Comisión Industrial puede proporcionar una ruta más rápida para la revisión de reclamos laborales, pero puede limitar compensaciones por daños punitivos o perjuicios emocionales en comparación con demandas civiles tradicionales.

Contexto más amplio: protección de atletas y reformas en universidades

Los casos de abuso en programas deportivos universitarios han llevado a reformas en protocolos de seguridad, supervisión del personal médico y exigencias de transparencia. A nivel nacional, instituciones atléticas, federaciones deportivas y organismos reguladores han enfrentado presión para mejorar procesos de denuncia, auditorías independientes y controles sobre el acceso del personal médico a los atletas.

  • Según estudios sobre violencia sexual en campus universitarios, la subdeclaración es común; muchas víctimas no denuncian por miedo, vergüenza o dependencia del personal (investigaciones académicas sobre violencia en campus universitarios).
  • En respuesta a crisis similares, algunas universidades han establecido protocolos obligatorios de notificación, evaluaciones externas y mayor supervisión del personal con acceso íntimo a estudiantes-atletas.

Estos cambios buscan equilibrar la necesidad de atención médica especializada para deportistas —que a menudo requiere tratamientos físicos intensivos— con salvaguardas estrictas contra el abuso.

Qué sigue: apelación, nuevas reclamaciones y el factor humano

Los abogados de los demandantes anunciaron apelación inmediata y planean presentar nuevas reclamaciones vinculadas a atletas que recientemente se han manifestado. La apelación podría centrarse en la interpretación de los plazos de prescripción, la aplicación de la jurisprudencia sobre la jurisdicción administrativa y la posible continuidad del patrón de conducta alegado contra Murphy y la supuesta respuesta inadecuada de la universidad.

Más allá de las cuestiones técnicas, existe un componente humano en este proceso: la búsqueda de justicia, la protección de futuros estudiantes-atletas y la responsabilidad institucional. Como resumió uno de los abogados de la acusación, “la decisión fue procedimental; no significa que los hechos no importen”. Esa distinción entre mérito fáctico y cuestiones procesales subraya por qué muchos litigios prolongados terminan, al menos temporalmente, en disputas sobre procedimientos y competencias.

Recursos y consideraciones para víctimas y universidades

  1. Las víctimas deben recibir orientación legal temprana para entender plazos de prescripción y opciones administrativas o civiles.
  2. Las universidades públicas deben revisar políticas de supervisión, protocolos de queja y mecanismos de auditoría externa para asegurar que las preocupaciones lleguen a quien corresponda.
  3. La comunidad atlética y los organismos reguladores deberían promover formación obligatoria sobre conducta profesional y límites en el trato físico, así como procedimientos claros de reporte sin represalias.

En última instancia, la desestimación decide una vía procesal pero no resuelve las acusaciones subyacentes. El litigio y la apelación que vienen determinarán si las reclamaciones vuelven a reabrirse en otro foro y si la universidad y sus responsables enfrentan una evaluación más profunda sobre su respuesta institucional. Mientras tanto, la decisión subraya la importancia de que las víctimas conozcan sus derechos y los plazos aplicables, y de que las instituciones adopten mecanismos que protejan a los más vulnerables dentro de su comunidad.

Fuentes y referencias: Órdenes de la Corte Superior del Condado de Wake (Judge Bryan Collins) y declaraciones públicas de las partes involucradas según registros judiciales y comunicados institucionales.

Este artículo fue redactado con información de Associated Press