El Supremo confirma la condena de cuatro años de prisión contra Santi Mina
El tribunal ratificó la pena por abuso sexual de 2017 y rechazó también el recurso de la víctima, que pedía elevar el delito a agresión sexual.

El caso judicial que ha perseguido a Santi Mina durante los últimos años llegó a su punto final. El Tribunal Supremo de España confirmó la condena de cuatro años de prisión contra el futbolista por un delito de abuso sexual cometido en julio de 2017, cuando los hechos ocurrieron dentro de una furgoneta estacionada cerca de una discoteca de Mojácar, Almería, lugar donde el jugador pasaba la noche junto a un grupo de amigos.
La Sala de lo Penal rechazó el recurso que Mina había presentado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ya había ratificado la pena de prisión impuesta originalmente por la Audiencia de Almería. Eso sí, el TSJA había reducido la indemnización a la víctima de 50,000 a 25,000 euros, un monto que ahora queda firme tras esta última resolución.
El fallo no dejó demasiado margen para interpretaciones. Los magistrados fueron claros al señalar que el futbolista "aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza". Con esa frase, la Sala descarta de plano cualquier idea de que hubiera existido un malentendido sobre el consentimiento.
De hecho, el propio tribunal se encargó de desmontar el argumento de la defensa, que sostenía que Mina pudo haber interpretado erróneamente una señal de aceptación por parte de la víctima. Nada en el expediente respalda esa versión, según explicaron los jueces.
"No incorpora dato alguno que refleje que Santiago Mina interpretara erróneamente una manifestación de anuencia, ni permite deducir necesariamente esa falsa representación de las circunstancias declaradas probadas"Tribunal Supremo
Sobre el momento en que la mujer le pidió que se detuviera, el Supremo también fue tajante: ese gesto explica por qué se descartó el uso de violencia o intimidación, pero de ninguna manera implica que ella hubiera consentido antes, ni que el jugador creyera que contaba con su aprobación.
También rechazó el recurso de la víctima
La resolución no solo respondió al pedido de Mina. La Sala desestimó igualmente el recurso presentado por la víctima, quien buscaba que se calificara el hecho como un delito de agresión sexual con penetración, con una pena de ocho años de prisión o, en su defecto, de seis. Tampoco prosperó su solicitud de condenar al otro acusado en la causa, que había resultado absuelto, ni como cooperador necesario ni como cómplice.
El desenlace judicial llega después de que el Celta de Vigo, último equipo de Mina, decidiera extinguir de forma unilateral su contrato en agosto de 2023, apenas se conoció que el TSJA ratificaba la condena impuesta por la Audiencia almeriense. En ese momento, al futbolista todavía le restaban dos años de vínculo con la entidad gallega.
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